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Plazo hasta el 31 de marzo para que españoles declaren sus bitcoins en el exterior

En el marco de la regulación fiscal española, se insta a los poseedores de bitcoins a cumplir con sus obligaciones tributarias mediante la presentación del Modelo 721.

Este requisito, establecido por la Agencia Tributaria, aplica a aquellos cuyas tenencias de criptomonedas en el extranjero superen el umbral de 50.000 euros.

La ventana para esta declaración se extiende desde el inicio del año hasta el 31 de marzo de 2024, período durante el cual los contribuyentes deben proporcionar información detallada sobre sus activos digitales almacenados fuera de España.

La definición de «en el extranjero» para estos propósitos incluye aquellos activos custodiados por entidades o individuos no residentes en España, que ofrecen servicios de custodia de claves privadas, así como de mantenimiento, almacenamiento y transferencia de dichos activos.

La transparencia en la declaración de estos activos es imperativa, requiriendo que se especifiquen el tipo, cantidad y valor en euros de las criptomonedas al cierre del año anterior, así como los datos de las entidades custodias y las personas autorizadas a manejar estos activos.

Declaración o sanción

La legislación es clara en cuanto a la necesidad de declarar estos activos, con sanciones que pueden alcanzar los 300 euros para aquellos que incumplan. Sin embargo, es importante destacar que la normativa ofrece claridad en ciertos aspectos, como la no exigencia de declaración para aquellos que ejercen autocustodia de sus criptoactivos, siempre y cuando mantengan el control directo sobre sus claves privadas.

Este enfoque regulatorio no solo busca la transparencia y el cumplimiento fiscal, sino que también educa a los contribuyentes sobre la importancia de la gestión responsable de sus activos digitales.

La iniciativa del Modelo 721, pese a generar interrogantes entre los poseedores de criptomonedas, subraya el compromiso de España con la adaptación de sus marcos fiscales a la evolución del mercado financiero digital.

Además, se complementa con otras obligaciones fiscales como el Modelo 714, relacionado con el Impuesto sobre el Patrimonio, reforzando así el espectro de cumplimiento tributario en el ámbito de las criptomonedas.

Obligación para personas naturales y jurídicas

En julio de 2023, se introdujo una nueva normativa fiscal en España, específicamente la Orden HFP/886/2023, que establece la obligatoriedad para corporaciones e individuos de informar sobre sus activos en criptomonedas situados fuera del territorio nacional mediante el Modelo 721.

Esta medida, implementada por la Agencia Tributaria Española, permite la presentación de dicha declaración tanto de manera digital a través de su portal web como de forma presencial en sus dependencias.

Este requisito surge como sucesor del previo Modelo 720, el cual fue derogado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea a principios de 2022, al considerar que imponía una carga desproporcionada sobre los inversores españoles, calificándolo de «discriminatorio».

A pesar de las similitudes estructurales entre ambos modelos, el Modelo 721 introduce un esquema de penalizaciones modificado y menos severo en comparación con su antecesor, ajustando las multas a montos más razonables, aunque aún significativos.

Las infracciones relacionadas con la omisión o la entrega de datos erróneos en la declaración pueden acarrear sanciones económicas que oscilan entre los 150 y 300 euros.

Además, aquellos contribuyentes que incumplan el plazo límite para la presentación, fijado para después del 31 de marzo de 2024, enfrentarán multas diarias de 100 euros, con un tope máximo de 1.500 euros.

Esta medida refleja el compromiso del gobierno español por asegurar la transparencia fiscal y la equidad en el tratamiento de los activos digitales, alineándose con las tendencias globales de regulación de las criptomonedas y reforzando el marco legal para su gestión y control.

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